NUEVA BOLETA ELECTRÓNICA
Más cómodo para vos y más amigable con el ambiente
Con un simple click, podés inscribirte y dejar de recibir tu boleta impresa.
En la casilla de correos que registres recibirás los recordatorios de vencimiento y podrás pagar:
Por homebanking y cajeros automáticos.
Sin boleta, sólo con tu número de partida o dominio en Banco Ciudad, Pago Fácil, Rapipago y Provincia NET.
Por débito automático con tarjeta de crédito o débito según tu entidad.
Podrás acceder a tu boleta en la sección de Boletas Online.
Te recordamos que los vencimientos establecidos en la Agenda Fiscal tienen vigencia más allá de la recepción de la boleta física o electrónica.
Adhesión al Servicio
Baja del Servicio
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Servicio de Boleta Electrónica de Pago.
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Gracias por adherir al nuevo sistema y ayudarnos a preservar el ambiente, y además a cumplir.
Cumplir nos beneficia a todos.
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Términos y condiciones de adhesión al Sistema de Boleta Electrónica
1.- Aceptación de los términos y condiciones.- Los presentes términos y condiciones tienen carácter obligatorio y vinculante para los contribuyentes que adhieran al sistema de “Boleta Electrónica de Pago” (BEP) en reemplazo de la “Boleta formato papel”. El servicio será de carácter gratuito.
2.- Registración y Adhesión.- Los contribuyentes alcanzados por el procedimiento que se dispone, podrán obtener la boleta de pago de Patentes Sobre Vehículos en General, e Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, en adelante el “TRIBUTO”, en forma electrónica, previa aceptación y registración a través de la página WEB del organismo (www.agip.gob.ar).
Es obligatorio completar el formulario de aceptación y registración en todos sus campos, cuyos datos declarados deben ser fidedignos, los que tendrán carácter de declaración jurada.
Antes de completar la registración se deberá revisar y verificar cuidadosamente los antecedentes que se han registrado. Los mismos serán verificados por la AGIP y frente al supuesto de determinarse que el contribuyente ha falseado los datos, se la tendrá por no presentada. No se aceptará campos incompletos. Se deberá efectuar una adhesión por cada Dominio Automotor o Partida Inmobiliaria del mismo contribuyente.
Para un correcto funcionamiento del sistema, es necesario que los datos consignados por el contribuyente se encuentren actualizados. Una vez aceptado el sistema de “Boleta electrónica de Pago”, esta reemplazará automáticamente a la “Boleta formato papel” y el contribuyente dejará de percibirla en su domicilio fiscal y comenzará a recibirla en la casilla de E-mail, previamente registrada.
El contribuyente deberá consignar una dirección válida de E-mail al momento de la adhesión. Al finalizar la registración y previa evaluación de la solicitud, el sistema le enviará un mail de confirmación que deberá utilizarse para validar la registración. La AGIP se compromete a mantener confidencialidad de los datos aportados por los contribuyentes, y estos responsables del uso que se haga de su cuenta de E-mail, consignada como propia en el formulario de registración.
El contribuyente deberá registrarse nuevamente en caso de haber sufrido cualquier uso no autorizado, baja o desvinculación de la dirección de E-mail consignada, por la cual no pueda tener más acceso a la misma. La nueva registración traerá aparejada la nulidad de la anterior.
La AGIP garantiza que los procedimientos utilizados en el presente sistema están dotados de todas las medidas de seguridad exigidas por las normativas vigentes, en relación a la protección e inviolabilidad de datos que se procesan a través de Internet.
3- Capacidad.- Para poder acceder y utilizar el servicio de “Boleta electrónica de Pago”, quien se adhiera a dicho sistema deberá ser el titular del bien inmueble o del bien mueble registrable o su representante legal o apoderado con facultades suficientes, conforme el correspondiente TRIBUTO.
Si con posterioridad a la adhesión se verificara que no se reúnen las condiciones estipuladas en los presentes términos, esta AGIP procederá, de oficio, a dar de baja la misma.
4.- Comunicación con el contribuyente.- Por el solo hecho de registrarse en el sitio y aceptar la modalidad de obtener la BEP, el contribuyente acepta que AGIP pueda comunicarse con el mismo a través del E-mail consignado en la registración, enviando la información que considere pueda resultar de su interés.
5.- Términos y Condiciones.- El contribuyente, una vez adherido al sistema de BEP, no podrá optar por volver a la boleta en formato papel, sino después de transcurridos 12 (doce) meses desde la fecha de validación de la adhesión y registración. No obstante, la AGIP se reserva el derecho de suspender temporal o definitivamente la modalidad de Boleta de Pago Electrónica, sin requerir el consentimiento del contribuyente adherido al sistema. Sin perjuicio de ello, el Organismo recaudador enviará al contribuyente registrado un aviso previo alertando de dicha suspensión.
No se modifican los vencimientos ni las formas de pago del TRIBUTO vigentes, pudiendo el contribuyente cancelar el mismo por cualquier vía electrónica o sin boleta, o bien imprimir la BEP y concurrir a cualquier entidad habilitada para el cobro de la Boleta formato papel para su debido pago. La imposibilidad del sistema de enviar a los contribuyentes la BEP, no exime a estos, de la responsabilidad de pago del TRIBUTO debido.-